El Código para la Biodiversidad del Estado de México en su Libro Segundo, formula que se crea el Consejo Consultivo de Protección a la Biodiversidad y Desarrollo Sostenible, como órgano dependiente del Ejecutivo del Estado; de asesoría, consulta, estudio y opinión en materia de conservación ecológica y protección a la biodiversidad y al ambiente en la Entidad, así como de promoción de acciones de coordinación y concertación entre los sectores público, social y privado; para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas y acciones administrativas respectivas estatales y municipales. El funcionamiento se regulará por su Reglamento.
Está integrado por:
Una o un Presidente
Una o un Secretario Técnico
Y siete consejeros incluyendo un representante por comisión:
- Comisión Técnica permanente de Planeación y Ordenamiento Territorial
- Comisión Técnica permanente de Recursos Naturales, Biodiversidad y Manejo de Cuencas
- Comisión Técnica permanente de Reglamentación y Legislación Ambiental
- Comisión Técnica permanente de Educación Ambiental
- Comisión Técnica permanente de Prevención y Control de la Contaminación
- Comisión Técnica permanente de Seguimiento de Acuerdos y Difusión
Informes:
Departamento de Particiapción Ciudadana